Según el decreto emanado el 26 de julio del 2016, se ordena  apertura de zonas para extracción de mariscos  cerradas por presencia de toxina paralizante en las bahías de Linao en Ancud y la ensenada de Codihue en Calbuco, de acuerdo a los últimos análisis toxicológicos

bentoCon el fin de permitir la extracción de mariscos con valores toxicológicos que cumplen con el Reglamento Sanitario, la Secretaría Ministerial de Salud de la región de Los Lagos emitió un decreto para levantar dicha prohibición en 6 puntos de las bahías de Linao en Ancud y la ensenada de Codihue en Calbuco, afectados por Marea Roja.

Según los resultados del monitoreo realizadas por el Laboratorio Ceram de la Universidad Austral de Chile (Puerto Montt) y el Laboratorio Universidad de Chile (Castro),  respecto de los valores de Veneno Paralítico en Maricos (VPM), se podría extraer, transportar, comercializar recursos como tales como cholgas, choritos, choro, almejas, ostras, huepo o navaja de mar, navajuela, machas, ostión, culengues, tumbaos, piures, picorocos y caracol trumulco, caracol palo palo, además de algas comestibles tales como cochayuyo, luche, ulte, entre otros.

En resumen, se autoriza la extracción de todos los recursos afectos a toxinas marinas existentes al interior de las áreas geográficas ubicadas en:

A.- Chiloé Norte, comuna de Ancud, Bahía Linao:

  • Punto A : 41° 55′ 36.43″ S y 73°30′ 44.66″ W
  • Punto B : 41° 57′ 8.37″ S y 73°31′ 8.14″ W (Datum WGS-84)

Asimismo,  se autoriza la extracción de todos los recursos afectos a toxinas marinas existentes al interior de las áreas geográficas ubicadas:

B.- Ensenada Codihue, comuna de Calbuco:

  • Punto A : 41° 46′ 5.85″ S y 73°21′ 19.10″ W
  • Punto B : 41° 46′ 27.14″ S y 73°21′ 30.66″ W
  • Punto C: 41° 46′ 13.71″ y 73° 22′ 37.41″ W
  • Punto D: 41° 45’50.52″ y 73° 22′ 24.67″ W LDatum WGS-84)

El decreto además dispone el análisis toxicológico obligatorio de los mariscos extraídos para su posterior comercialización (uso industrial) de acuerdo a los Procedimientos actualmente vigentes, que deberán ser comunicados a esta Secretaria Regional Ministerial de Salud.

Del mismo modo,  establece que los demás puntos declarados afectados por Marea Roja en la resolución del 26 de mayo del 2016 permanecerán en calidad de tales, hasta nuevo aviso y establece que cualquier cambio en los niveles de toxicidad serán comunicados oportunamente, así como también, esta resolución no afecta de manera alguna los recursos en veda o con restricciones contempladas en otras normas de carácter general o especial.