Pensión de invalidez

¿Cómo puedo cobrar una pensión de invalidez?
Pensión Básica Solidaria (PBS) de Invalidez

Es una pensión que entrega el Estado a las personas calificadas como inválidas, que NO estén recibiendo ningún tipo pensión y que cumplan con los demás requisitos que pide la ley. Su monto es de $75 mil y la puede solicitar el potencial beneficiario presentando su cédula de identidad en cualquier sucursal del Instituto de Previsión Social (IPS, ex INP) a lo largo del país o en su municipalidad.
Requisitos para acceder al beneficio

1. NO estar recibiendo ningún tipo de pensión,2. Ser calificado como inválido por las Comisiones Médicas Regionales,3. Tener entre 18 y 65 años (hombres y mujeres),4. Haber vivido en Chile al menos 5 años,5. Tener un puntaje igual o inferior a 12.666 en Ficha de Protección Social (lo que equivale al 50% de la población con menos recursos). Si no tiene Ficha, solicítela en su municipio.

Cobertura gradual de los beneficios

A partir del
1º de julio 2008

40%

11.734 puntos o menos en la Ficha de Protección Social
1º de julio 2009

45%

12.185 puntos o menos en la Ficha de Protección Social
1º de septiembre 2009

50%
12.666 puntos o menos en la Ficha de Protección Social
1º de julio 2010

55%

De acuerdo a reglamento
1º de julio de 2011 en adelante

60%

De acuerdo a reglamento
Tienen derecho a PBS de Invalidez

* Las personas que NO estén recibiendo ningún tipo de pensión en algún régimen previsional. * Las personas que tengan entre 18 y menos de 65 años

Duración de la PBS de Invalidez

* El beneficiario de PBS de Invalidez recibirá dicho beneficio hasta el último día del mes en que cumpla 65 años de edad. A contar de esa fecha podrá acceder a la PBS de Vejez.

Monto y reajuste del beneficio

* A partir del 1 de julio de 2009 en adelante: $75.000 mensuales.* De esa fecha en adelante, la PBS se reajustará cada doce meses de acuerdo al IPC. Cuando la variación del IPC supere el 10%, el reajuste será inmediato, aunque no hayan transcurrido 12 meses.