Este artículo permitirá a pescadores artesanales propiamente tal trasladarse a otras regiones.

En este Tercer Capítulo abordaremos uno de los mandatos del XXIII Congreso Nacional de CONAPACH, adoptado en Puerto Montt el 7 de diciembre de 2017, consistente en permitir el desplazamiento de los pescadores artesanales propiamente tales por todo el país, y de esa manera favorecer sus oportunidades laborales y la dotación de la flota  artesanal.

MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR PARLAMENTO A PROYECTO LEY CORTA:

1.- ELIMINACIÓN OBLIGACIÓN DE RESIDENCIA PARA INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO ARTESANAL.

Actualmente, le ley exige 3 años de residencia para inscribirse en el Registro Artesanal el que tiene un carácter regional.

La obligación de residencia impide el traslado de los pescadores artesanales a otras regiones en sus distintas categorías.

La Comisión de intereses Marítimos aprobó en el proyecto de ley corta eliminar la obligación de 3 años de residencia, beneficiando a los pescadores artesanales propiamente tales que ya no se les exigirá este requisito.

Además, el proyecto de ley corta reconoce el derecho de los pescadores artesanales propiamente tales a ejercer actividades en todo el país, debiendo embarcarse en una nave autorizada en la región respectiva.